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Términos y condiciones estándar de venta

Aplicabilidad

  • Estos términos y condiciones de venta (estos “Términos”) son los únicos términos que rigen la venta de los bienes (“Bienes”) de MITY LITE, INC. (“Vendedor”) al comprador (“Comprador”) mencionado en cualquier cotización, acuse de recibo de cotización, propuesta, confirmación de venta, factura, acuse de recibo de pedido u orden de compra que haga referencia a estos Términos (el “Confirmacion de venta” y junto con estos Términos, y la Solicitud de Crédito (si corresponde), el “Acuerdo”). Sin perjuicio de cualquier disposición en contrario en el presente, si existe un contrato escrito firmado por ambas partes que cubra la venta de los Bienes cubiertos por el presente, los términos y condiciones de dicho contrato prevalecerán en la medida en que sean incompatibles con estos Términos.
  • El Acuerdo comprende el acuerdo completo entre las partes y reemplaza todos los entendimientos, acuerdos, negociaciones, representaciones y garantías y comunicaciones anteriores o contemporáneos, tanto escritos como orales. Estos Términos prevalecen sobre cualquiera de los términos y condiciones generales de compra del Comprador, independientemente de si el Comprador ha enviado su orden de compra o dichos términos. El cumplimiento del pedido del Comprador no constituye la aceptación de ninguno de los términos y condiciones del Comprador y no sirve para modificar o enmendar estos Términos.

Condiciones de entrega y envío

  • Los Bienes se entregarán dentro de un tiempo razonable después de la recepción de la orden de compra del Comprador, sujeto a la disponibilidad de Bienes terminados. El vendedor no será responsable de ningún retraso, pérdida o daño durante el tránsito.
  • A menos que las partes acuerden lo contrario por escrito, el Vendedor entregará los Bienes FOB en el lugar de negocios del Vendedor (el “Punto de entrega”) utilizando los métodos estándar del Vendedor para empaquetar dichos Bienes. A menos que se acuerde lo contrario por escrito, el Comprador recibirá los Bienes dentro de los 10 días posteriores a la notificación por escrito del Vendedor de que los Bienes han sido entregados en el Punto de entrega, y el Comprador será responsable de todos los costos de carga y proporcionará el equipo y la mano de obra razonablemente adecuados para la recepción de los mismos. la Mercancía en el Punto de Entrega.
  • El Vendedor puede, a su exclusivo criterio, sin responsabilidad ni sanción, realizar envíos parciales de Bienes al Comprador. Cada envío constituirá una venta por separado, y el Comprador pagará por las unidades enviadas, ya sea que dicho envío sea un cumplimiento total o parcial de la orden de compra del Comprador.
  • Si por alguna razón el Comprador no acepta la entrega de cualquiera de los Bienes en la fecha fijada de conformidad con el aviso del Vendedor de que los Bienes han sido entregados en el Punto de Entrega, o si el Vendedor no puede entregar los Bienes en el Punto de Entrega en dicha fecha porque El Comprador no ha proporcionado las instrucciones, documentos, licencias o autorizaciones correspondientes: (i) el riesgo de pérdida de los Bienes pasará al Comprador; (ii) se considerará que los Bienes han sido entregados; y (iii) el Vendedor, a su elección, puede almacenar los Bienes hasta que el Comprador los recoja, después de lo cual el Comprador será responsable de todos los costos y gastos relacionados (incluidos, entre otros, el almacenamiento y el seguro).

Sin envio

  • La cantidad de cualquier entrega de Bienes registrada por el Vendedor en el momento del envío desde el lugar de negocios del Vendedor es evidencia concluyente de la cantidad recibida por el Comprador en el momento de la entrega, a menos que el Comprador pueda proporcionar evidencia concluyente que demuestre lo contrario.
  • El Vendedor no será responsable de la falta de entrega de los Bienes (incluso si se debe a la negligencia del Vendedor) a menos que el Comprador notifique por escrito al Vendedor la falta de entrega dentro de los 14 días posteriores a la fecha en que los Bienes, en el curso normal de los acontecimientos, habrían sido recibido.
  • Cualquier responsabilidad del Vendedor por la falta de entrega de los Bienes se limitará a reemplazar los Bienes dentro de un tiempo razonable o ajustar la factura con respecto a dichos Bienes para reflejar la cantidad real entregada.

Cantidad

Si el Vendedor entrega al Comprador una cantidad de Bienes diferente a la cantidad establecida en la Confirmación de Venta, el Comprador no tendrá derecho a objetar o rechazar los Bienes o cualquier parte de ellos debido al excedente o déficit y el Comprador y el Vendedor razonablemente cooperar para remediar el excedente o el déficit.

Título y riesgo de pérdida

Independientemente del acuerdo de las partes con respecto al envío, el título y el riesgo de pérdida pasan al Comprador al momento de la entrega de los Bienes en el Punto de Entrega. Como garantía colateral para el pago del precio de compra de los Bienes, el Comprador otorga al Vendedor un gravamen y un derecho de garantía sobre todos los derechos, títulos e intereses del Comprador sobre los Bienes, dondequiera que se encuentren, y ya sea que exista ahora o surja en el futuro o se adquiera de vez en cuando, y en todas las adhesiones y reemplazos o modificaciones de los mismos, así como todos los ingresos (incluidos los ingresos de seguros) de lo anterior. La garantía mobiliaria otorgada conforme a esta disposición constituye una garantía mobiliaria de compra de dinero según el Código Comercial Uniforme de Utah.

Inspección y rechazo de mercancías no conformes

  • El Comprador inspeccionará los Bienes dentro de los 30 días posteriores a la recepción ("Período de inspección”). Se considerará que el Comprador ha aceptado los Bienes a menos que notifique al Vendedor por escrito sobre cualquier Bien no conforme durante el Período de inspección y proporcione las pruebas escritas u otra documentación requerida por el Vendedor. “Mercancías no conformes” significa solo lo siguiente: (i) el producto enviado es diferente al identificado en la orden de compra del Comprador; o (ii) la etiqueta o el empaque del producto identifica incorrectamente su contenido.
  • Si el Comprador notifica oportunamente al Vendedor sobre cualquier Bien no conforme, el Vendedor deberá, a su exclusivo criterio, (i) reemplazar dichos Bienes no conformes con Bienes conformes, o (ii) acreditar o reembolsar el Precio de dichos Bienes no conformes, junto con cualquier envío y manipulación razonables. gastos incurridos por el Comprador en relación con el mismo. El Comprador enviará, a su cargo y riesgo de pérdida, los Bienes no conformes a las instalaciones del Vendedor. Si el Vendedor ejerce su opción de reemplazar los Bienes que no cumplen, el Vendedor deberá, después de recibir el envío del Comprador de los Bienes que no cumplen, enviar al Comprador, por cuenta y riesgo de pérdida del Comprador, los Bienes reemplazados al Punto de entrega.
  • El Comprador reconoce y acepta que los recursos establecidos en la Sección 6(b) son los recursos exclusivos del Comprador para la entrega de Bienes no conformes. Salvo lo dispuesto en la Sección 6(b), todas las ventas de Bienes al Comprador se realizan en una sola dirección y el Comprador no tiene derecho a devolver los Bienes adquiridos en virtud de este Acuerdo al Vendedor.

Términos de pago

  • El Comprador deberá pagar todos los montos facturados adeudados al Vendedor dentro de los 30 días a partir de la fecha de la factura del Vendedor. El Comprador deberá realizar todos los pagos a continuación en dólares estadounidenses.
  • El Comprador pagará un cargo por servicio en todos los pagos atrasados a la tasa de [24% por año] o la tasa más alta permitida según la ley aplicable, lo que sea menor, hasta que se pague por completo. El Comprador reembolsará al Vendedor todos los costos incurridos en el cobro de los pagos atrasados, incluidos, entre otros, los honorarios de los abogados. Además de todos los demás recursos disponibles en virtud de estos Términos o por ley (a los que el Vendedor no renuncia mediante el ejercicio de cualquier derecho en virtud del presente), el Vendedor tendrá derecho a suspender la entrega de cualquier Bien si el Comprador no paga los montos adeudados en virtud del presente y dicha falla continúa durante 30 días después de la notificación por escrito de la misma.
  • El Comprador no retendrá el pago de los montos adeudados y pagaderos en razón de la compensación de cualquier reclamo o disputa con el Vendedor, ya sea en relación con el incumplimiento del Vendedor, la quiebra o de otra manera.

Garantía limitada

  • La única garantía proporcionada por el Vendedor con respecto a los Bienes se establece en https://mitylite.com/warranty (el período de garantía aplicable a los Bienes, si corresponde, es el “Período de garantía”).
  • EXCEPTO POR LA GARANTÍA A LA QUE SE REFIERE LA SECCIÓN 10(A), EL VENDEDOR NO OFRECE NINGUNA GARANTÍA CON RESPECTO A LOS BIENES, INCLUYENDO CUALQUIER (A) GARANTÍA DE COMERCIABILIDAD; O (B) GARANTÍA DE IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO; O (C) GARANTÍA DE TÍTULO; O (D) GARANTÍA CONTRA VIOLACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE UN TERCERO; YA SEA EXPRESO O IMPLÍCITO POR LEY, CURSO DE NEGOCIACIÓN, CURSO DE EJECUCIÓN, USO DEL COMERCIO O DE OTRO MODO.
  • Productos fabricados por un tercero (“Producto de terceros”) puede constituir, contener, estar contenida en, incorporarse, adjuntarse o empaquetarse junto con las Mercancías. Los productos de terceros no están cubiertos por la garantía de la Sección 10(a). Para evitar dudas, VENDEDOR NO HACE DECLARACIONES NI GARANTÍAS CON RESPECTO A CUALQUIER PRODUCTO DE TERCEROS, INCLUYENDO CUALQUIER (A) GARANTÍA DE COMERCIABILIDAD; (B) GARANTÍA DE IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO; (C) GARANTÍA DE TÍTULO; O (D) GARANTÍA CONTRA VIOLACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE UN TERCERO; YA SEA EXPRESO O IMPLÍCITO POR LEY, CURSO DE NEGOCIACIÓN, CURSO DE EJECUCIÓN, USO DEL COMERCIO O DE OTRO MODO.
  • El Vendedor no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la Sección 10(a) a menos que: (i) el Comprador notifique por escrito el defecto, razonablemente descrito, al Vendedor dentro de los 30 días posteriores al momento en que el Comprador descubra o deba haber descubierto el defecto; (ii) si corresponde, el Vendedor tiene una oportunidad razonable después de recibir el aviso de incumplimiento de la garantía establecido en la Sección 10(a) para examinar dichos Bienes y el Comprador (si así lo solicita el Vendedor) devuelve dichos Bienes al lugar de residencia del Vendedor. negocio a cargo del Vendedor para que el examen se lleve a cabo allí; y (iii) el Vendedor verifique razonablemente la afirmación del Comprador de que los Bienes son defectuosos.
  • El Vendedor no será responsable por el incumplimiento de la garantía establecida en la Sección 10(a) si: (i) el Comprador vuelve a utilizar dichos Bienes después de dar dicho aviso; (ii) el defecto surge porque el Comprador no siguió las instrucciones orales o escritas del Vendedor en cuanto al almacenamiento, instalación, puesta en marcha, uso o mantenimiento de los Bienes; o (iii) el Comprador altera o repara dichos Bienes sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor.
  • Sujeto a la Sección 10(d) y la Sección 10(e) anteriores, con respecto a dichos Bienes durante el Período de garantía, el Vendedor deberá, a su exclusivo criterio, ya sea: (i) reparar o reemplazar dichos Bienes (o la pieza defectuosa) o (ii) acreditar o reembolsar el precio de dichos Bienes a la tasa contractual prorrateada siempre que, si el Vendedor así lo solicita, el Comprador deberá, a expensas del Vendedor, devolver dichos Bienes al Vendedor.
  • LOS RECURSOS ESTABLECIDOS EN LA SECCIÓN 10(F) SERÁN EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL COMPRADOR Y LA RESPONSABILIDAD TOTAL DEL VENDEDOR POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA LIMITADA ESTABLECIDA EN LA SECCIÓN 10(A).

Limitación de responsabilidad

  • EN NINGÚN CASO EL VENDEDOR SERÁ RESPONSABLE DE CUALQUIER DAÑO CONSECUENTE, INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, EJEMPLAR O PUNITIVO, PÉRDIDA DE BENEFICIOS O INGRESOS O DISMINUCIÓN DEL VALOR QUE SURJA O ESTÉ RELACIONADO CON CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DE ESTOS TÉRMINOS O ESTE ACUERDO, YA SEA O NO LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS HA SIDO REVELADA POR ADELANTADO POR EL COMPRADOR O PODRÍA HABER SIDO RAZONABLEMENTE PREVISTA POR EL COMPRADOR, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL O EQUITATIVA (CONTRATO, AGRAVIO U OTRO) EN QUE SE BASA LA RECLAMACIÓN, Y A PESAR DEL FALLO DE CUALQUIER ACORDADO U OTRO REMEDIO DE SU PROPÓSITO ESENCIAL.
  • EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD TOTAL DEL VENDEDOR QUE SURJA O ESTÉ RELACIONADA CON ESTE ACUERDO, YA SEA DERIVADA O RELACIONADA CON EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, AGRAVIO (INCLUIDA LA NEGLIGENCIA) O DE CUALQUIER OTRA FORMA, EXCEDERÁ EL TOTAL DE LAS CANTIDADES PAGADAS AL VENDEDOR POR LOS BIENES VENDIDOS EN ESTE ACUERDO.
  • La limitación de responsabilidad establecida en la Sección 11(b) anterior no se aplicará a (i) la responsabilidad resultante de la negligencia grave o dolo del Vendedor y (ii) la muerte o lesiones corporales resultantes de los actos u omisiones del Vendedor.

Propiedad intelectual; Indemnidad

Si los Bienes se van a fabricar o cualquier proceso se va a aplicar a los Bienes por parte del Vendedor de acuerdo con una especificación, información técnica o dibujos presentados por el Comprador, el Comprador garantiza que cualquier diseño, dibujo, especificaciones, información o instrucciones proporcionadas o dada por él no será tal que cause que el Vendedor infrinja cualquier diseño registrado o marca comercial o nombre comercial o derecho de autor o patente de letras en el desempeño del cumplimiento de la orden de compra y deberá indemnizar, defender y eximir de responsabilidad al Vendedor contra todas las pérdidas, daños, costos y gastos adjudicados o incurridos por el Vendedor en relación con, o pagados o acordados a ser pagados por el Vendedor en la liquidación de cualquier reclamo por infracción de cualquier patente, derecho de autor, diseño, marca registrada u otra propiedad industrial o intelectual. derechos de propiedad de cualquier otra persona que resulten del uso por parte del Vendedor de las especificaciones del Comprador. Todos los derechos de patente y diseño en poder del Vendedor seguirán siendo propiedad única y absoluta del Vendedor y dichos diseños, dibujos, equipos, procesos o cualquier parte de los mismos no se reproducirán ni divulgarán, ni se permitirá que el Comprador los reproduzca o divulgue, sin previo consentimiento expreso por escrito del Vendedor.

Compras a Crédito; Garantías

Los envíos y las entregas de Bienes están sujetos a la aprobación del departamento de crédito del Vendedor, y el Vendedor puede, en cualquier momento, detener el trabajo en curso, negarse a realizar el envío o instruir al transportista u otro tercero en posesión de los Bienes para que retenga, almacene o devolver los Bienes al Vendedor si el Comprador no realiza ningún pago o no cumple con cualquier otra obligación que se le deba al Vendedor a su vencimiento o si el Vendedor determina razonablemente que la solvencia crediticia del Comprador no es satisfactoria o que el Comprador no podrá pagar los montos adeudados y pagaderos. El Comprador garantiza al Vendedor que: (i) la Solicitud de Crédito enviada por el Comprador al Vendedor no contiene ninguna declaración falsa; (ii) el Comprador es solvente, tiene la capacidad y la intención de pagar cada una de sus obligaciones a su vencimiento; y (iii) todos los cheques, letras de cambio y otros artículos entregados al Vendedor en pago de los Bienes serán honrados de acuerdo con los términos del Vendedor. El Comprador reconoce que el Vendedor confía en las representaciones del Comprador sobre su solvencia para inducir al Vendedor a enviar los Bienes. Como tal, el Comprador acepta que el Vendedor tendrá derecho a cancelar cualquier pedido no completado y cancelar cualquier pedido futuro sin previo aviso al Comprador en caso de que el Comprador se declare insolvente, se declare en bancarrota, solicite o consienta cualquier reparación en virtud de cualquier estatuto de reorganización por bancarrota, o se vuelve incapaz de cumplir con sus obligaciones financieras en el curso normal del negocio.

Cumplimiento de la Ley

El Comprador deberá cumplir con todas las leyes, reglamentos y ordenanzas aplicables. El Comprador mantendrá vigentes todas las licencias, permisos, autorizaciones, consentimientos y permisos que necesite para cumplir con sus obligaciones en virtud del presente Acuerdo. El Comprador deberá cumplir con todas las leyes de exportación e importación de todos los países involucrados en la venta de los Bienes bajo este Acuerdo o cualquier reventa de los Bienes por parte del Comprador. El Comprador asume toda la responsabilidad por los envíos de Bienes que requieran una autorización de importación gubernamental. El Vendedor puede rescindir este Acuerdo si alguna autoridad gubernamental impone derechos antidumping o compensatorios o cualquier otra sanción sobre los bienes.

Terminación

Además de los recursos que se pueden proporcionar en virtud de estos Términos, el Vendedor puede rescindir este Acuerdo con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Comprador, si el Comprador: (i) no paga cualquier monto adeudado en virtud de este Acuerdo; (ii) no ha realizado o cumplido con cualquiera de estos Términos, en su totalidad o en parte; o (iii) se declare insolvente, presente una solicitud de quiebra o inicie o haya iniciado en su contra procedimientos relacionados con la quiebra, administración judicial, reorganización o cesión en beneficio de los acreedores.

Exención

Ninguna renuncia por parte del Vendedor a cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo es efectiva a menos que se establezca explícitamente por escrito y esté firmada por el Vendedor. Ninguna falta de ejercicio o retraso en el ejercicio de cualquier derecho, recurso, poder o privilegio que surja de este Acuerdo opera, o puede interpretarse, como una renuncia al mismo. Ningún ejercicio único o parcial de cualquier derecho, recurso, poder o privilegio en virtud del presente excluye cualquier otro ejercicio o ejercicio adicional del mismo o el ejercicio de cualquier otro derecho, recurso, poder o privilegio.

Información confidencial

Toda la información no pública, confidencial o de propiedad del Vendedor, incluidas, entre otras, especificaciones, muestras, patrones, diseños, planos, dibujos, documentos, datos, operaciones comerciales, listas de clientes, precios, descuentos o reembolsos, divulgada por el Vendedor al Comprador. , ya sea divulgado oralmente o divulgado o accedido por escrito, electrónico o de otra forma o medio, y esté o no marcado, designado o identificado de otra manera como "confidencial" en relación con este Acuerdo es confidencial, únicamente para el uso de la ejecución de este Acuerdo y puede no se divulgarán ni copiarán a menos que el Vendedor lo autorice previamente por escrito. A solicitud del Vendedor, el Comprador devolverá de inmediato todos los documentos y otros materiales recibidos del Vendedor. El Vendedor tendrá derecho a medidas cautelares por cualquier violación de esta Sección. Esta Sección no se aplica a la información que es: (a) de dominio público; (b) conocido por el Comprador en el momento de la divulgación; o (c) obtenido legítimamente por el Comprador de forma no confidencial de un tercero.

Fuerza mayor

El Vendedor no será responsable ante el Comprador, ni se considerará que ha incumplido o incumplido este Acuerdo, por cualquier falla o demora en el cumplimiento o ejecución de cualquier término de este Acuerdo cuando y en la medida en que dicha falla o demora sea causada por o resulte de actos o circunstancias más allá del control razonable del Vendedor, incluidos, entre otros, casos fortuitos, epidemias, pandemias, emergencias locales, regionales o nacionales, inundaciones, incendios, terremotos, explosiones, acciones gubernamentales o falta de acciones gubernamentales, restricciones o controles gubernamentales , guerra, invasión u hostilidades (ya sea que se declare la guerra o no), amenazas o actos terroristas, disturbios u otros disturbios civiles, emergencia nacional, revolución, insurrección, cierres patronales, huelgas u otros conflictos laborales (ya sea que se relacionen o no con la fuerza laboral de cualquiera de las partes ), o restricciones o retrasos que afecten a los transportistas o incapacidad o retraso en la obtención de suministros de materiales adecuados o adecuados, avería de materiales o telecomunicaciones o corte de energía. El Vendedor no tendrá ninguna obligación de obtener productos de ninguna otra de sus ubicaciones de fabricación o de sus afiliadas ni de adquirir productos de terceros para cumplir con las obligaciones en virtud del presente.

Asignación

El Comprador no podrá ceder ninguno de sus derechos ni delegar ninguna de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor. Cualquier supuesta cesión o delegación en violación de esta Sección es nula y sin efecto. Ninguna cesión o delegación exime al Comprador de cualquiera de sus obligaciones bajo este Acuerdo.

Relación de las Partes

La relación entre las partes es la de contratistas independientes. Nada de lo contenido en este Acuerdo se interpretará como la creación de una agencia, sociedad, empresa conjunta u otra forma de empresa conjunta, empleo o relación fiduciaria entre las partes, y ninguna de las partes tendrá autoridad para contratar u obligar a la otra parte de ninguna manera. .

Sin terceros beneficiarios

Este Acuerdo es para el beneficio exclusivo de las partes del mismo y sus respectivos sucesores y cesionarios permitidos y nada de lo aquí contenido, expreso o implícito, pretende conferir ni conferirá a ninguna otra persona o entidad ningún derecho, beneficio o recurso legal o equitativo de cualquier naturaleza. bajo o en razón de estos Términos.

Ley que rige

Todos los asuntos que surjan de este Acuerdo o se relacionen con él se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes internas del Estado de Utah sin dar efecto a ninguna elección o conflicto de disposición o norma legal (ya sea del Estado de Utah o de cualquier otra jurisdicción). ) que daría lugar a la aplicación de las leyes de cualquier jurisdicción distinta de las del Estado de Utah.

Sumisión a la Jurisdicción

Cualquier juicio, acción o procedimiento legal que surja de este Acuerdo o esté relacionado con él se iniciará en los tribunales federales de los Estados Unidos de América o en los tribunales del Estado de Utah en cada caso ubicado en la Ciudad de Salt Lake y el Condado de Salt. Lake, y cada parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales en cualquier demanda, acción o procedimiento.

Avisos

Todos los avisos, solicitudes, consentimientos, reclamos, demandas, renuncias y otras comunicaciones en virtud del presente (cada uno, un “Aviso”) se hará por escrito y se dirigirá a las partes a las direcciones establecidas en el anverso de la Confirmación de Venta o a cualquier otra dirección que pueda ser designada por escrito por la parte receptora. Todos los Avisos se entregarán por entrega personal, mensajería nocturna reconocida a nivel nacional (con todas las tarifas prepagas), correo electrónico o correo certificado o registrado (en cada caso, se solicitará acuse de recibo, franqueo prepago). Salvo que se disponga lo contrario en este Acuerdo, un Aviso es efectivo solo (a) una vez recibido por la parte receptora, y (b) si la parte que da el Aviso ha cumplido con los requisitos de esta Sección.

Supervivencia

Las disposiciones de este Acuerdo que, por su naturaleza, deban aplicarse más allá de sus términos, permanecerán en vigor después de la rescisión o el vencimiento de estos Términos o el Acuerdo, incluidas, entre otras, las siguientes disposiciones: Cumplimiento de las leyes, Garantía limitada, Limitación de responsabilidad , Propiedad intelectual; Indemnización, Información Confidencial, Ley Aplicable, Sumisión a Jurisdicción y Supervivencia.

Enmienda y Modificación

Estos Términos solo se pueden enmendar o modificar en un escrito que establezca específicamente que modifica estos Términos y que esté firmado por un representante autorizado de cada parte.